domingo, 24 de febrero de 2013

REVOCATORIA DEL MANDATO DEL PERSONERO ESTUDIANTIL




revocatoria del mandato


en uso de la potestad reglamentaria conferida por la ley 115/94 en el articulo 87, las instituciones educativas pueden señalar en el manual de convivencia los criterios para la revocatoria del mandato de los representantes estudiantiles de carácter legal y reglamentario que no cumplan con sus funciones






la revocatoria del mandato es el mecanismo de control que mediante la participación popular estudiantil, da terminado el periodo de representación que le han conferido a un estudiante de la institución.






es el evento socrático manifiesto a través de la votación, mediante la cual los estudiantes de un grado o de la institución educativa, convocados por el consejo directivo se pronuncian después de transcurrido como mínimo dos meses de representación, en relación con el mandato de alguno (s) de sus representante (s), en razón del presunto incumplimiento de las funciones legales, reglamentarias y /o institucionales de dichos representantes, revocándole (s) o confirmándole (s) el cargo de representación conferido.






la solicitud de revocatoria del mandato debe ser presentada ante el consejo directivo y respaldada por un determinado número de estudiantes teniendo como causal el incumplimiento de funciones del representante estudiantil.






el consejo directivo, dentro de los treinta días siguientes a la presentación de dicha solicitud dará su veredicto para que del rector, convoque el evento de confirmación o revocatoria del mandato.






aprobada la revocatoria del mandato de algún (os) representante (es) estudiantil (es), asume el cargo el segundo en la lista de votación de acuerdo al cargo que aspira.






contra la resolución de revocatoria del mandado sólo procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer dentro de los 5 días siguientes a la notificación del acto sancionatorio (d 01/84, arts. 50 y 51). la decisión producirá efectos una vez quede en firme el respectivo acto administrativo.


nota: estas sanciones son validas para personero, consejo de estudiantes, representante de los estudiantes al consejo directivo y exalumnos.

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